Según Decreto de 30 de enero de 2024 se le confiere la DELEGACIÓN DE HACIENDA Y SEGURIDAD CIUDADANA, que comprende las siguiente unidades administrativas:
- Secretaría General del Pleno
- Oficina de la Junta de Gobierno
- Asesoría Jurídica
- Intervención General
- Órgano de Gestión Tributaria
- **Órgano de Planificación y Gestión Económica y Contabilidad: Unidad de Planificación y Gestión Económica y Unidad de Contabilidad.
- Tesorería
- Contratación
- Apoyo al Tribunal Económico-Administrativo
- Proyecto Europeos
- Policía Local, Tráfico y Protección Civil.
Delegándose en la misma las siguientes facultades:
- Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.
- Coordinar todas las actuaciones de la Delegación con facultad de dictar instrucciones y circulares para regular el ámbito de su actividad.
- Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre los Servicios y Unidades Administrativas contenidos en su Delegación.
- Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud de convenios.
- Tramitación de expedientes de subvenciones en su ámbito competencial.
- Otorgar el visto bueno de las certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la delegación.
- Planificar la actuación económica y financiera de la Corporación, proponiendo las directrices generales de la política económica municipal, la programación financiera a medio y largo plazo y el estudio y adopción de las medidas que hagan aconsejable la buena marcha de la economía municipal y el desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el presupuesto aprobado.
- Establecer las directrices, criterios, procedimientos e instrucciones en las funciones de gestión de gastos e ingresos que se efectúen por los servicios, sin perjuicio de la competencia y dependencia orgánica de las delegaciones a la que pertenezcan.
- La aprobación del Plan presupuestario a medio plazo.
- Formar el Presupuesto General municipal, así como los expedientes de modificación de créditos presupuestarios y elevar la propuesta de resolución al órgano competente.
- La aprobación de la liquidación del Presupuesto.
- Rendir la Cuenta General formada por el órgano competente.La imposición de medidas correctoras en actividades.
- La aprobación del Plan de Tesorería, del Plan de disposición de fondos y la ordenación de pagos.
- La autorización de los anticipos de caja fija, así como la aprobación, tras los trámites oportunos de las cuentas justificativas de los mismos.
- Proponer la aprobación de operaciones de crédito y las destinadas a cobertura y gestión de riesgos derivados de la evolución de los tipos de interés y tipos de cambio.
- Formalizar las operaciones de crédito a corto y largo plazo, en cualquiera de sus modalidades y las destinadas a cobertura y gestión de riesgos.
- El reconocimiento y la liquidación de obligaciones derivadas de compromisos o disposiciones de gastos legalmente adquiridos, sin perjuicio de las facultades atribuidas en esta materia a otros órganos municipales.
- La autorización y disposición de los gastos de formalización de préstamos, avales, gastos registrales e intereses de préstamos; intereses de demora e indemnizaciones por costes de cobro sin perjuicio de las facultades atribuidas en esta materia a otros órganos municipales; tasas, impuestos así como cualquier otro elemento integrante de la deuda tributaria; precios públicos; dietas Jurado Territorial de Expropiaciones; sanciones de todo tipo; aranceles y pagos a comunidades de bienes y derechos de autor.
- La aprobación de todas las modificaciones presupuestarias, salvo las que se refieran a la concesión de un crédito extraordinario, suplemento de crédito o transferencias de crédito entre diferentes áreas de gasto (que no afecten a gastos de personal) cuya aprobación compete en todo caso al Pleno.
- Elaborar los proyectos relativos a la imposición, supresión y ordenación de los tributos municipales y precios públicos. Elevar al órgano competente para su aprobación los proyectos de ordenanzas de gestión, recaudación e inspección, de ordenanzas fiscales reguladoras de los tributos y precios públicos, su modificación o derogación.
- Dirigir, una vez aprobadas, la aplicación de las ordenanzas reguladoras de los distintos ingresos del Ayuntamiento, dictando, en su caso, las oportunas instrucciones interpretativas a las que habrá de atenerse su aplicación por los distintos órganos y servicios municipales.
- Formalización de los contratos.
- Tramitación de peticiones de información formuladas por los Concejales en el ejercicio de las funciones de control y fiscalización de los órganos de gobierno.
- Fijar los criterios con arreglo a los cuales se desarrollará la acción permanente municipal en materia de Protección Civil.
- Presidencia de la Junta Local de Seguridad y de la Junta Local de Protección Civil.
- La concesión de tarjetas de armas de categoría 4ª.
- La concesión de autorizaciones excepcionales en materia de tráfico.
- La concesión de la tarjeta de estacionamiento de las reservas de plazas en materia de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida.
- La designación provisional de sustituto del titular de la Jefatura del Cuerpo de la Policía Local.