Según Decreto de 19 de junio se le confiere la DELEGACIÓN DE INFANCIA, JUVENTUD, EDUCACIÓN Y EMPLEO, que comprende la siguientes unidades administrativas:
- Juventud
- Educación
- Servicio Educativo de Personas Adultas
- Escuelas Infantiles Municipales
- Casas de Niños
- Empleo, (con los siguientes Centros de formación: el sito en la Calle Díaz y Barcala, Pedro Patiño, Prado Acedinos y Cerro Buenavista), a la que se adscribe el Organismo Autónomo Agencia Local de Empleo y Formación
delegándose en la misma las siguientes facultades:
- Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.
- Coordinar todas las actuaciones de la Delegación con facultad de dictar instrucciones y circulares para regular el ámbito de su actividad.
- Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre los Servicios y Unidades Administrativas contenidos en su Delegación.
- Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud de convenios.
- Tramitación de expedientes de subvenciones en su ámbito competencial.
- Otorgar el visto bueno de las certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la delegación.
- Dirigir la política municipal en materia de juventud analizando y canalizando sus necesidades y peticiones.
- Planificar, coordinar y gestionar todas las actividades para jóvenes que se promuevan en el Ayuntamiento.
- Fomentar y canalizar el asociacionismo juvenil.
- Informar y asesorar a los jóvenes a través del Servicio de Información y Asesoramiento Juvenil.
- Desarrollar y gestionar el Plan Local de Juventud.
- Gestionar las distintas instalaciones juveniles.
- Coordinación de todas las actividades educativas de formación permanente, ocupacional y reglada de adultos, de infancia y adolescencia, que se realizan en el municipio.
- Velar por el derecho a la Educación: Escolarización y Mesa de Escolarización permanente.
- Coordinación entre la Escuela y el Municipio: entre los centros educativos, el Ayuntamiento y otras Administraciones.
- Consejo Escolar Municipal de Educación y participación en todos los Consejos Escolares de los centros educativos.
- Presidencia del Consejo Local de Atención a la Infancia y Adolescencia.
- Orientación Escolar y Profesional y Atención Psicoeducativa.
- Fijar la política educativa municipal mediante la elaboración del Plan Educativo Local.
- Gestión y seguimiento del Plan de Absentismo escolar.
- Gestión y seguimiento del Plan de Infancia y Adolescencia.
- Plan de Actividades Extraescolares, actividades en periodos vacacionales y fines de semana.
- Planificación y gestión de actividades educativas, preventivas y de compensación.
- Difusión, promoción y defensa de los derechos del Niño.
- Planificación y programación del servicio y actividades de la Educación de Personas Adultas.
- Planificación y programación del servicio y actividades de las Escuelas Infantiles Municipales y Casas de Niños.
- Planes de evacuación y autoprotección en Escuelas Infantiles y Casas de Niños.
- Planificación y gestión de planes de actividades formativas dirigidas a demandantes de empleo.
Asimismo designar a dicha Concejala como Presidenta del Consejo Rector del Organismo Autónomo “Agencia Local de Empleo y Formación”.