Según Decreto de 14 de junio se le confiere la DELEGACIÓN DE BIENESTAR E INCLUSIÓN SOCIAL Y ATENCIÓN A LA DISCAPACIDAD, y que comprende las siguientes unidades administrativas: .
delegándose en la misma las siguientes facultades:
- Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.
- Coordinar todas las actuaciones de la Delegación con facultad de dictar instrucciones y circulares para regular el ámbito de su actividad.
- Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre los Servicios y Unidades Administrativas contenidos en su Delegación.
- Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud de convenios.
- Tramitación de expedientes de concesión de subvenciones en su ámbito competencial.
- Otorgar el visto bueno de las certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la delegación.
- Detección y estudio de las necesidades sociales en el término municipal.
- Planificación y programación de los servicios sociales en el ámbito del municipio de Getafe de conformidad con la legislación vigente.
- Coordinación de todas las actuaciones en materia de servicios sociales que se gestionen en el municipio.
- Garantizar la prestación de los servicios sociales a la ciudadanía de Getafe.
- Gestión de los equipamientos para la atención social especializada.
- Fomento de la sensibilización social y la participación ciudadana en la prevención y resolución de los problemas sociales.
- Las competencias que en materia de atención a menores atribuya a las entidades locales la Ley 6/1995 de 28 de marzo de garantías de los derechos de la infancia y adolescencia de la Comunidad de Madrid.
- Plan Integral de Familias.
- La autorización y disposición de gastos y el reconocimiento de las obligaciones correspondientes a la concesión las prestaciones sociales de carácter económico (emergencia social, cobertura de necesidades básicas, comedor escolar, escuelas infantiles o guarderías privadas y residencias de personas mayores).
- La autorización y disposición de gastos y el reconocimiento de las obligaciones correspondientes a la concesión de la ayuda a domicilio, teleasistencia, comida a domicilio, ayudas para la mejora de las condiciones de habitabilidad de la vivienda.
- Las competencias que en materia de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia atribuye a las entidades locales la Ley 39/2006 de 14 de diciembre.
- Plan integral de promoción de la autonomía personal y atención a las personas con dependencia.
- Plan de Inclusión Social.
- Garantizar el ejercicio pleno y efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, así como la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.
- Llevar a cabo políticas y líneas de actuación pública donde se tendrán en cuenta las necesidades y demandas de las personas con discapacidad aplicando el principio de transversalidad en las actuaciones del Ayuntamiento.