Según Decreto de 26 de noviembre de 2020 se le confiere:
Se confiere la DELEGACIÓN DE BIENESTAR SOCIAL Y COOPERACIÓN a D.ª MARÍA NIEVES SEVILLA URBÁN, y que comprende las siguientes unidades administrativas: Servicios Sociales Cooperación al Desarrollo delegándose en la misma las siguientes facultades:
1.- Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.
2.- Coordinar todas las actuaciones de la Delegación con facultad de dictar instrucciones y circulares para regular el ámbito de su actividad.
3.- Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre los Servicios y Unidades Administrativas contenidos en su Delegación.
4.- Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud de convenios.
5.- Tramitación de expedientes de concesión de subvenciones en su ámbito competencial.
6.- Otorgar el visto bueno de las certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la delegación.
7.- Detección y estudio de las necesidades sociales en el término municipal.
8.- Planificación y programación de los servicios sociales en el ámbito del municipio de Getafe de conformidad con la legislación vigente.
9.- Coordinación de todas las actuaciones en materia de servicios sociales que se gestionen en el municipio.
10.- Garantizar la prestación de los servicios sociales a la ciudadanía de Getafe.
11.- Gestión de los equipamientos para la atención social especializada.
12.- Fomento de la sensibilización social y la participación ciudadana en la prevención y resolución de los problemas sociales.
13.- Las competencias que en materia de atención a menores atribuya a las entidades locales la Ley 6/1995 de 28 de marzo de garantías de los derechos de la infancia y adolescencia de la Comunidad de Madrid.
14.- Plan Integral de Familias.
15.- La autorización y disposición de gastos y el reconocimiento de las obligaciones correspondientes a la concesión las prestaciones sociales de carácter económico (emergencia social, cobertura de necesidades básicas, comedor escolar, escuelas infantiles o guarderías privadas y residencias de personas mayores).
16.- La autorización y disposición de gastos y el reconocimiento de las obligaciones correspondientes a la concesión de la ayuda a domicilio, teleasistencia, comida a domicilio, ayudas para la mejora de las condiciones de habitabilidad de la vivienda.
17.- Las competencias que en materia de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia atribuye a las entidades locales la Ley 39/2006 de 14 de diciembre.
18.- Plan integral de promoción de la autonomía personal y atención a las personas con dependencia.
19.- Plan de Inclusión Social.
20.- Tramitación y Seguimiento de los hermanamientos.
Título | Centro | Fecha | |
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Licenciada en Sociología | Universidad Complutense de Madrid | ||
Especialista Universitaria en Criminología | Universidad Complutense de Madrid | ||
Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales | Instituto de Formación Integral Escola Galega de Formación | ||
Master en Gestión de Calidad y Medio Ambiente | Escuela de Formación Empresarial |
Organización | Cargo | Fecha inicio | Fecha final | |
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Marketing telefónico | 1997 | 2003 | ||
Técnico de prevención de riesgos laborales | 2002 | 2015 | ||
Ayuntamiento de Getafe | Segunda Teniente de Alcalde, Concejala delegada de Recursos Humanos, Formación Empleo, Desarrollo Económico y Atención al Vecino | 2015 |