Mesas de contratación

La Junta de Gobierno celebrada el 2 de julio de 2018, modificado por acuerdo de 4 de septiembre de 2019, adoptó el siguiente acuerdo dejando sin efecto los acuerdos de la Junta de Gobierno coelebrada el 19 de abril de 2017 y modificada el 25 de abril de 2017. Composición de la Mesa de Contratación con carácter permanente para la totalidad de las contrataciones administrativas en las que legalmente se requiera intervención de la misma, promovidos por el Ayuntamiento, con las funciones que le atribuye los artículos 326 y Disposición Adicional 2.a de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público y 22 del Real Decreto 817/2009, de Desarrollo parcial de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público:

PRESIDENTE Dª Concepción Muñoz Yllera (Jefatura de la Oficina de la Junta de Gobierno 1º SUPLENTE D. Pedro Bocos Redondo (Secretaría General de Pleno)
2º SUPLENTE Oficial Mayor
VOCAL D. Julio Montero González (Dirección de la Asesoría Jurídica) SUPLENTE Unicamente en circunstancias en las que no exista funcionario de carrera actuará funcionario interino: Dª Lidia López Díez o Dº Emilio José Duque Santos
VOCAL Dª Mª Carmen Miralles Huete (Intervención General Municipal) SUPLENTE Dª Pilar Rodríguez-Palancas Palacios (Viceintervención)
VOCAL El responsable del contrato, si este fuera funcionario interino o laboral temporal será miembro de la Mesa el funcionario de carrera o laboral fijo de plantilla de la unidad administrativa tramitadora del contrato. Únicamente en las unidades administrativas en las que existan, según informe de Personal de 17 de abril de 2018, prodran formar parte de las misma SUPLENTE El empleado público en quien se delegue dentro de su unidad administrativa, en supuestos excepcionales de ausencia por enfermedad o vacaciones
SECRETARÍA Dª Mª Carmen López Ventero y Dª Mª Ángeles de Marcos Valtierra (Funcionarias Grupo 1 de la Unidad Administrativa de Contratación) SUPLENTE Únicamente en circunstancias en las que no exista funcionario de carrera actuará funcionario interino: D. Ignacio Contreras Serrano

Funcionamiento de la Mesa de contratación

Sin perjuicio de las prevenciones legales establecidas, el funcionamiento de la Mesa de Contratación atenderá a los términos que siguen:

La Mesa se reunirá de acuerdo con lo establecido en el Pliego de cláusulas Administrativas particulares que para cada contratación apruebe el órgano competente, correspondiendo a ésta la convocatoria de la Mesa, fijando hora, fecha y lugar, publicándose debidamente en el perfil del contratante.

El Presidente de la Mesa ejercerá las funciones de dirección y coordinación de sus reuniones.

El Secretario de la Mesa levantará acta de cada reunión, procurando en la medida que los medios técnicos disponibles lo permitan que la misma se levante inmediatamente después de finalizar la sesión correspondiente. El Secretario supervisa y autoriza, con el visto bueno del Presidente, las actas de las sesiones de la Mesa, así como las certificaciones que hayan de expedirse de dichas actas; asiste al Presidente de la Mesa en las sesiones para asegurar el orden de los debates y la corrección de las votaciones, colaborando, asimismo, al normal desarrollo de los trabajos de la Mesa según las disposiciones de su Presidente.

Para la válida constitución de la Mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros y, en todo caso, el Presidente, la Secretaria, y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-financiero- presupuestario del órgano.

Los acuerdos de la Mesa se adoptarán por mayoría simple de sus miembros. Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha de la Secretaria que sólo tendrá voz, así como del personal asesor que, en su caso, asiste a requerimiento o solicitud del presidente.

Las convocatorias de las Mesas se publican en los anuncios de cada contrato del Perfil del Contratante.

Acceso al servicio: Perfil del Contratante